Organismo gestor: Agència Catalana de l’Aigua (Generalitat de Catalunya)
El canon del agua es un impuesto ambiental que se paga en la factura del agua y que puede suponer hasta un 40% del total del recibo del agua.
La tarifa social del canon del agua es una bonificación del canon dirigida a colectivos vulnerables:
- Personas perceptoras de pensiones mínimas contributivas por jubilación, viudedad o por incapacidad permanente.
- Familias con todos sus miembros en paro.
- Colectivos de especial protección.
- Familias con riesgo de exclusión residencial.
La persona solicitante debe ser la titular del contrato de suministro de agua.
- Edad: Puede solicitarla cualquier persona, independientemente de su edad, salvo las personas perceptoras de pensiones mínimas contributivas por jubilación o viudedad deben tener una edad mínima de 60 años.
- Empadronamiento: La persona solicitante debe estar empadronada en un municipio catalán y en el domicilio de la vivienda que recibe el suministro objeto de bonificación.
- Situación laboral:La tarifa social va dirigida específicamente a dos colectivos definidos por su situación laboral/de relación con la Seguridad social:
- Personas perceptoras de pensiones mínimas contributivas por jubilación, viudedad o por incapacidad permanente.
- Familias con todos sus miembros en paro.
Hay otros colectivos en los que no se exige ninguna condición en relación con la situación laboral.
- Ingresos:
A continuación se muestran los umbral de ingresos que se aplican en función de la situación de vulnerabilidad:
a) En los casos de familias con todos sus miembros en situación de desempleo y de personas perceptoras de una pensión mínima contributiva por jubilación, viudedad o incapacidad permanente, los ingresos mensuales de la unidad familiar no pueden superar los siguientes umbrales:
| Unidad familiar | Ingresos brutos / mes |
|---|---|
| Una o dos personas | 1.603,70 euros |
| Tres personas | 1.844,26 euros |
| Cuatro personas | 2.084,81 euros |
| Cinco personas | 2.325,37 euros |
| Seis personas | 2.565,92 euros |
Tabla realizada a partir de la fórmula (IRSC*2)+ [(n-2)*(IRSC*0,30)] donde “n” es el número de personas de la unidad familiar. El IRSC utilizado es el de 2026 (801,85 euros/mes).
b) En los casos de colectivos de especial protección, en concreto:
- Personas perceptoras de una pensión no contributiva por jubilación, jubilación por invalidez e invalidez.
- Beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía.
- Perceptoras de las prestaciones sociales de carácter económico para atender determinadas situaciones de necesidades básicas (Ley 13/2006, de 27 de julio).
- Perceptoras del fondo del régimen Fondo de Asistencia Social (FAS) y perceptoras de fondos procedentes de la Ley General de la Discapacidad.
-Situación respecto a la vivienda: Por lo general no se piden requisitos respeta la vivienda, si bien en el caso de situación de riesgo de exclusión residencial las personas deben acreditar esta situación con un informe de los servicios sociales de la Administración Pública local.
Importe y periodicidad:
La bonificación de la tarifa social consiste en bonificar en un 100% el canon del agua para las familias más vulnerables y que consumen hasta 27 m3/trimestre (primer tramo del canon del agua). En el caso de las familias vulnerables que superen ese consumo, la bonificación será de un 50%.